jueves, 15 de septiembre de 2016

"Todo es posible"



Ya hemos planteado las dificultades que presenta el saber con certeza sobre quién recae el Papado desde la renuncia de Benedicto XVI (aquí y aquí). Hemos referido que existe una posibilidad que la misma haya sido inválida y que en ese caso Francisco sería sólo "Papa putativo", ejerciendo de hecho la potestad papal pero limitada a los actos para el bien común de la Iglesia (ello explicaría, entre otras cosas, la "no asistencia" para "canonizaciones" dudosas...)

Pues bien,  en el reciente libro-entrevista "Ultimas conversaciones" con el Papa emérito, el periodista  Peter Seewald le pregunta : "Usted conoce la profecía de Malaquías quien en la Edad Media compiló una lista de futuros Papas, previendo asismismo el fin del mundo, o al menos el fin de la Iglesia. Según esta lista, el papado se terminaría con vuestro pontificado. ¿No será que Ud. es efectivamente el último en representar la figura del Papa tal como la conocemos hoy? La respuesta de Ratzinger fue la que sigue: "Todo es posible". Y agrega: "Probablemente esta profecía nació en los círculos del P. Felipe Neri".

La respuesta no deja de sorprendernos, puesto que él sabe que ha sido sucedido por el Papa Francisco, y la profecía tampoco es clara en su parte final, que dice así "En la última persecución de la Santa Iglesia romana, se sentará en el trono Pedro Romano, el que apacentará a sus ovejas en el medio de grandes tribulaciones, tras lo cual la ciudad de las siete colinas será destruída y el Juez tremendo juzgará al pueblo". 

La entrevista luego ofrece una salida para esta respuesta ambigua, cuando el periodista le pregunta: "¿Usted se considera el último Papa del mundo antiguo o como el primero del nuevo?" La respuesta es: "Entre ambos". Pero resulta claro que entre Benedicto XVI y Francisco no hay ruptura alguna en lo sustancial (sí en la "práctica", como el calificó el pontificado de Francisco en el mismo libro-entrevista), por lo que la última respuesta (y convengamos, también la pregunta) tampoco convence si no es a la luz de la proximidad de eventos que cambien el giro de la historia.

A su vez, para quien quiera  ver "entre líneas", toda apunta pues a un desenlace, que el Papa emérito conoce de primera mano por haber leído el texto de la explicación del tercer Secreto de Fátima, como él mismo reportó para la revista "Jesús" en 1984: "en él (el secreto) se habla de los peligros para la Fe y la vida de los cristianos. Pero lo que se dice está contenido en las profecías de la Escritura y confirmado por muchas otras apariciones marianas". Además,  (el secreto) recalca "la importancia de los novísimos" (Muerte, Juicio, Infierno, Paraíso). 

Ese desenlace lo hemos encuadrado, por nuestra parte, en el final de la "gran tribulación" (Mt. 24), la desaparición de las fuerzas del mal mediante un "Juicio", el comienzo de la restauración-purificación de la Iglesia y la instauración del Reino mesiánico.

lunes, 12 de septiembre de 2016

El "mensaje de Elías" (sic) a...Elías



Nunca vimos una tergiversación o inversión tan marcada como en la entrada del blog "Sursum corda" titulada por su autor  como "El mensaje de Elías. Respuesta a un lefebvrista" . Título por demás desafortunado, por lo que diremos a continuación y llamativo en una persona que ha dado muestras de inteligencia y de una eficaz defensa de la Fé en otros campos, por ejemplo, frente a la herejía protestante...

Se trata de la "respuesta" a la entrada de nuestros amigos del blog "Hacia la verdadera cristiandad" que destacaba las dos notas predominantes en la FSSPX en el momento crucial que vive en espera de un justo reconocimiento romano: "Identidad y confianza".

La nota pretende ser un "llamado a nuestros hermanos que están en el error a seguir a Dios, al Señor, al Unico y a permanecer fieles dentro de su pueblo" (sic seg) y de allí el recurso al profeta veterotestamentario.

Como hemos demostrado en esta bitácora, ya desde la primera época, hay un sólo candidato para reunir las características de los "dos Testigos apocalípticos": la FSSPX como Elías y las "comunidades amigas" como Enoc. Para muestra, nuestras entradas: "La balanza del Santuario", "Memorandum esjatológico-profético", "Y se pusieron de pie", "En el monte Horeb", "De exilios y desiertos"...

Tanto es así, que un comentarista del blog "Sursum Corda", que no somos nosotros, ni lo conocemos, ni es mandatado por nosotros  pero que quizás ha sido lector nuestro, le espeta: "A mi me parece lo contrario, creo que [el autor del blog] derrapó con el Apocalipsis...".

Desglosando la entrada, la primera parte alude a la distinta categorización del desvarío sedevacantista: usurpacionistas, sedevacantistas, sedeprivatistas, conclavistas, mentevacantistas, ritualistas, etc; la segunda, a los esfuerzos realizados por la FSSPX  ya desde los tiempos de Mons. Lefebvre para ser reconocidos por Roma, lo cual es perfectamente legítimo desde que se tiene a los Papas por verdaderos; la tercera, a una acusación a la FSSPX de ser "semi-modernistas" (sic ter), por el sólo hecho de considerar que la única Iglesia de Cristo se encuentra enquistada de modernismo; la cuarta a una consideración de tipo esjatológico: que con la llegada de la apostasía (Juan XXIII) la Sede está "usurpada", calificativo que el autor reivindica para sí (y que es contestado por los "sedevacantistas", como el autor del blog que no-ama-la-verdad).

Llegados a este punto nos vemos obligados a preguntarles a los referidos bloggers en qué quedó el dogma de que "habrá perpetuos sucesores en la cátedra de Pedro" y el de que éste último fué constituído "Cabeza visible de la Iglesia militante" (¿es que acaso fuimos dispensados de militar porque llegó la apostasía?) y cómo se gobiernan los católicos hoy ante situaciones diarias (a quién acuden o deberían acudir para dilucidar cuestiones que los incumben como católicos) y, por caso, a cuál de todas esas categorías de "sedevacantismos" o "usurpacionismos" deberían obedecer...

Pero la respuesta es que este desvarío se parece cada vez más al cisma protestante, tal como lo admite la misma entrada al contraponer la autoridad de Mons. Fellay con la de Cristo, mediante la cita de Hech 4, 12, como si aquél no tuviera la calidad de Obispo a quien debemos escuchar por mandato divino: "El que recibe al que yo enviare, me recibe a mí (Jn 13,20)", "El que a ustedes oye, a mí me oye (Lc 10,16)","Yo les digo: todo lo que aten en la tierra, será considerado atado en el cielo, y todo lo que desaten en la tierra, será considerado desatado en el cielo (Mt 18,18)",  "Jesús les volvió a decir: «La paz esté con ustedes. Así como el Padre me envió a mí, así yo los envío a ustedes». Dicho esto, sopló sobre ellos: «Reciban el Espíritu Santo; a quienes ustedes perdonen, queden perdonados, y a quienes no libren de sus pecados, queden atados» (Jn 20,21-23)"

sábado, 3 de septiembre de 2016

El marco canónico ofrecido

El marco canónico ofrecido a la FSSPX, presuntamente ya aceptado, pero en espera de concreción o publicación, sería el de una Prelatura personal, pero una sui generis o más bien ad hoc. Tomamos prestado de Radio Cristiandad la traducción (¡no las ideas!) de los dichos de Mons. Fellay que hacen alusión a la misma:

"De Roma nos ofrecen una nueva estructura.
A la cabeza, un obispo. Este obispo, elegido por el Papa entre los tres nombres propuestos por la Fraternidad y de entre sus miembros.
Este obispo tendrá autoridad sobre los sacerdotes, los religiosos que quieran ser miembros de esta estructura y los fieles.
Todos los sacramentos; los fieles que pertenezcan a esta estructura tendrán el derecho absoluto a recibir todos los sacramentos de los sacerdotes de la Fraternidad. Todos los sacramentos, incluyendo el matrimonio.
El obispo tendrá el derecho a tener escuelas, seminarios, de ordenar, incluso para establecer nuevas congregaciones religiosas y de aceptar en su seno a aquellas que lo deseen.
Es algo así como una súper diócesis, independiente respecto de los obispos locales. Dicho de otra manera, para ustedes, ningún cambio con respecto a lo que están recibiendo actualmente. La única diferencia será que ustedes serán reconocidos oficialmente como católicos"

Pues bien, esa "Prelatura" así concebida, se asemejaría más a un Ordinariato que a una Prelatura. El ejemplo típico de Ordinariato es el que se encuentra previsto para la institución militar y es aquél que tiene la responsabilidad de la pastoral entre los militares y sus familias (canon 368 del CIC de 1983). El otro ejemplo es del "Ordinariato personal" para los fieles de tradición anglicana surgido a raíz de la Constitución apostólica "Anglicanorum coetibus" de noviembre de 2009 (pontificado de Benedicto XVI), de los cuales existen tres (véase aquí el sitio oficial del Ordinariato para Estados Unidos y Canadá) y que cuentan a su cabeza con un Obispo.

De la lectura del referido documento pontificio, se deduce una coincidencia con lo dicho por Mons. Fellay, con algunas precisiones: los Ordinariatos personales son erigidos después de consultada la "Conferencia episcopal" del lugar, se establece que el "Catecismo de la Iglesia católica" es "expresión auténtica de la Fe católica de los miembros del Ordinariato", el Ordinariato personal "está sujeto a la CDF y a los demás dicasterios de la curia romana", el Ordinariato se rige por los "libros litúrgicos propios de la tradición anglicana" pero "sin excluir las celebraciones según el Rito romano", el Ordinariato "está encomendado al cuidado pastoral de un Ordinario nombrado por el 'Sumo Pontífice'", la potestad del Ordinario "se ejerce de manera conjunta con la del Obispo diocesano local", el Ordinario puede erigir parroquias personales "después de haber oído el parecer del obispo diocesano del lugar".

Queda claro entonces que la nueva estructura deberá diferir en sustancia de este ejemplo si quiere tener viabilidad y una línea doctrinal clara, pero asimismo, el marco canónico no debería ser del todo anárquico que permita a la larga una instrumentalización contraria por parte de otros grupos poco o nada ortodoxos que se avengan a la oficialidad.  De hecho, la dependencia con Roma siempre ha existido y ninguna organización debería quedar exenta de ella (hablamos de la dependencia respecto del primado, no así de la jurisdicción delegada, la que es posible sortear sin infringir ningún derecho divino)

De igual modo, si bien la tendencia a las formaciones "personales" por sobre las "territoriales" es un distintivo de la "Iglesia conciliar" en miras a reunir en su seno a diferentes "sensibilidades" (en una suerte de ecumenismo intra eclesial), debe ponderarse que sea así para la Tradición, a efectos de no quedar reducida a una "diócesis" (caso de la Administración apostólica de Campos) que la convierta en "reserva de indios".

Repetimos: a los efectos del apostolado nos basta con la concesión de facultades para la administración de todos los Sacramentos, que en sentido laxo ya es un hecho, pero puesto que Roma está obligada a otorgar un marco canónico a la FSSPX, de no mediar algún impedimento para la Fé u otra causal de justificación (en el caso, la única posible, una subjetiva de "miedo grave"), la misma debe recibirlo sin más.