diciembre 02, 2011

La extensión abusiva de la infalibilidad

Este es a mi juicio el error de base de los defensores de las novedades conciliares. Vean si no lo que dice Mons. Fernando Ocáriz en l' Osservatore Romano de diciembre 2 de 2011:

El Concilio Vaticano II no definió ningún dogma, en el sentido de que no propuso mediante acto definitivo ninguna doctrina. Sin embargo, el hecho de que un acto del Magisterio de la Iglesia no se ejerza mediante el carisma de la infalibilidad no significa que pueda considerarse “falible” el sentido de que transmita una “doctrina provisional” o bien “opiniones autorizadas”. Toda expresión de Magisterio auténtico hay que recibirla como lo que verdaderamente es: una enseñanza dada por los Pastores que, en la sucesión apostólica, hablan con el “carisma de la verdad” (Dei Verbum, n. 8), “revestidos de la autoridad de Cristo” (Lumen gentium, n. 25), “a la luz del Espíritu Santo” (ibid.).

 Lo que es infalible es el Magisterio extraordinario según "Pastor Aeternus": 

"Por esto, adhiriéndonos fielmente a la tradición recibida de los inicios de la fe cristiana, para gloria de Dios nuestro salvador, exaltación de la religión católica y salvación del pueblo cristiano, con la aprobación del Sagrado Concilio, enseñamos y definimos como dogma divinamente revelado que:
El Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra, esto es, cuando en el ejercicio de su oficio de pastor y maestro de todos los cristianos, en virtud de su suprema autoridad apostólica, define una doctrina de fe o costumbres como que debe ser sostenida por toda la Iglesia, posee, por la asistencia divina que le fue prometida en el bienaventurado Pedro, aquella infalibilidad de la que el divino Redentor quiso que gozara su Iglesia en la definición de la doctrina de fe y costumbres. Por esto, dichas definiciones del Romano Pontífice son en sí mismas, y no por el consentimiento de la Iglesia, irreformables.
De esta manera si alguno, no lo permita Dios, tiene la temeridad de contradecir esta nuestra definición: sea anatema."

Cierto que los Papas no suelen hacer uso de esta infalibilidad y que no están obligados a hacer uso de ella  y por tanto, previene Pio XII en "Humani Generis" (12-14) que tambien los "juicios definitivos" deben considerarse infalibles:ay algunos que, de propósito y habitualmente, desconocen todo cuanto los Romanos Pontífices han expuesto en las Encícli
"Ni puede afirmarse que las enseñanzas de las encíclicas no exijan de por sí nuestro asentimiento, pretextando que los Romanos Pontífices no ejercen en ellas la suprema majestad de su Magisterio. Pues son enseñanzas del Magisterio ordinario, para las cuales valen también aquellas palabras: `El que a vosotros oye, a Mí me oye` (Lc 10:16); y la mayor parte de las veces, lo que se propone e inculca en las Encíclicas pertenece ya -por otras razones- al patrimonio de la doctrina católica. Y si los Sumos Pontífices, en sus constituciones, de propósito pronuncian una sentencia en materia hasta aquí disputada, es evidente que, según la intención y voluntad de los mismos Pontífices, esa cuestión ya no se puede tener como de libre discusión entre los teólogos.

Así, las  enseñanzas que no son definitivas no entran en la virtud de la fe. Más bien se trata de materia que Lumen Gentium 25 y la ley canónica llaman "sumisión religiosa de la voluntad y el entendimiento". Se dice por allí, tratando de explicar esta "sumisión": 

"¿Como podemos dar asentimiento mental sin certeza absoluta? Lo hacemos por confianza en la fuente.  Lo cierto es que todos damos asentimiento a diario en cuestiones seculares sobre las que no podemos tener absoluta certeza. Por ejemplo, cuando tomamos un vuelo, confiamos nuestra vida en el piloto sin la certeza de que sea buen piloto.  Cuando vamos a un restaurante, confiamos que no nos van a envenenar....  Nuestra creencia de que no nos engañan en esos casos toma en cuenta que hay una pequeña probabilidad de error pero arriesgamos nuestra vida por confianza en la empresa.  No podríamos vivir sin este tipo de asentimiento.   En la corte se trata de encontrar la verdad y probarla más allá de dudas razonables. No se exige ni se puede pedir más. Nuestro asentimiento a las enseñanzas del magisterio del cuarto nivel no es de fe, no contiene la certeza absoluta de los primeros tres niveles, pero si es un asentimiento confiado en la guía del Espíritu Santo sobre la Iglesia. Las posibilidades de error en este tipo de asentimiento son aun mucho menores que en el caso del avión o el restaurante. Además, si erramos por ser asentir a alguna enseñanza de la Iglesia que no es de fe, cuando estemos ante el Juez Divino, este nos felicitará. Pero si erramos por romper con la Iglesia pensando que sabemos más que ella, caemos en serio riesgo de ser acusados por lo menos de orgullosos."

Aquí está todo el problema: se admite que en este nivel puede haber error (por un principio de lógica que el autor del primer texto no respeta: lo que no es infalible es falible, o sea que puede fallar) pero igualmente se nos pide un asentimiento (contrariando los principios de la moral que nos obligan a rechazar el error) todo ello en base a lo que nos parece una extensión abusiva de la infalibilidad.


noviembre 29, 2011

Los cuatro septenarios



El gran Castellani, en su "Apokalypsis de San Juan" nos abrió el camino, y con cuánta amenidad, para entender los cuatro septenarios del último libro de la Revelación. No obstante, porque "un enano en los hombros de un gigante" ve más lejos y porque,  a diferencia de él, tenemos frente a nosotros acontecimientos que él no pudo presenciar, nos atreveremos a hacerle algunas modificaciones -explicando las circunstancias que las motivan- a alguna de sus aserciones referidas precisamente,  casi en la generalidad de los casos,  a eventos contemporáneos.


Las siete Iglesias

La Iglesia de Efeso es la Iglesia de los Apóstoles  (hasta Nerón)
La Iglesia de Esmirna es la Iglesia de los Mártires (de Nerón a Diocleciano)
La Iglesia de Pérgamo es la Iglesia de los Doctores  (hasta Carlomagno)
La Iglesia de Tiatira es la Iglesia del Dominio de la Cristiandad (de Carlomagno a Carlos V)
La Iglesia de Sardes es la Iglesia del Renacimiento (de Carlos V a la Revolución francesa) 
La Iglesia de Filadelfia es la Iglesia de las Misiones  (de la Revolución francesa a Pío XII): aquí me aparto de la exégesis de Castellani que habla de esta Iglesia  como la última antes de la Parusía, la de la conversión de los judíos, puesto que  no se habla de "todos"  los judíos sino de "algunos" (fue el caso de los Lehmann, Cohen, Ratisbona, Zolli, etc)
La Iglesia de Laodicea es la Iglesia del "Aggiornamento" (de Juan XXIII a la Parusía): para Castellani no puede ser sino la Iglesia del "Milenio" , pero resulta que el "Milenio" se acaba para nosotros al finalizar la Iglesia de Filadelfia en cuanto lo entendemos en sentido alegórico.

Los siete sellos

El primero es la Monarquía cristiana (hasta Carlos V)
El segundo son la Guerra y los rumores de guerra: los "primeros dolores de parto" de Mt 24
El tercero es la Carestía (de "postguerra" dice Castellani refieriéndose a la crisis de los años veinte)
El cuarto es la Persecución: concretamente, decimos, la del comunismo.
El quinto es la Epoca actual: el "clamor de los mártires" (la costumbre es colocar restos de mártires debajo de los altares) implica que ya están en el Cielo y se les pide que aguarden a que se "complete el número de los  que han de ser muertos como ellos": hasta el día de hoy siguen muriendo mártires (en Africa, en Asia). Coincide temporalmente con la "gran tribulación" que es básicamente espiritual ("si no se acortaran aquellos días no se salvaría nadie")
El sexto es la Parusía o sus comienzos.
El séptimo (el "silencio como de media hora") es el "tiempo de paz" prometido en Fátima y del cual se habla en las Escrituras, que para nosotros no se confunde con el "Milenio" y que viene a formar parte, casi como un único acontecimiento, con la Parusía y el Juicio final que le sigue.

Las siete trompetas

La primera es Arrio
La segunda es Mahoma
La tercera es Focio y Miguel Cerulario
La cuarta es la Reforma o protestantismo
La quinta son los filósofos del siglo XVIII: . Aunque Castellani no lo menciona, nos parece que resfuerza esta aplicación el hecho de que el Magisterio, por medio de Gregorio XVI en su Encíclica "Mirari Vos" del 15 de agosto de 1832, denomina al indeferentismo  religioso y otros errores como  las "langostas que salen de la humareda del pozo del abismo". Castellani dice que los "cinco meses de años" son los 150 años que van desde la Revolución francesa  hasta la guerra del 39.
La sexta es la Guerra de los continentes: Castellani dice que los "doscientos millones de soldados" pueden ser todos los que pelearon en la segunda guerra mundial (incluídos los civiles que trabajaron en fábricas de material de guerra u otras construcciones). Pensamos que también puede haber una alusión al comunismo y a su propaganda. Lo interesante es resaltar que los que no se vieron afectados por estas plagas, no "renunciaron a sus prácticas" (Ap 9, 20)
La séptima es la Parusía.

Las siete copas 

La primera dice Castellani es la sífilis. Podríamos decir hoy el "Sida". Pero en vistas de que esta plaga está dirigida a los que tienen "la marca de la Bestia y adoran a su imagen" pensamos que la "úlcera" puede ser moral, "existencial" diríamos hoy.
La segunda ("sangre en el mar") es el ensangrentamiento de las relaciones internacionales.
La tercera ("sangre en los ríos y manantiales de agua") es la corrupción y perversión de la cultura, aunque como tambien se hace referencia a la "sangre" podría tratarse de las revoluciones o actos de terrorismo, esta vez de carácter interno, tal como las presenciamos hoy y que se suceden muchas veces invocando "derechos humanos" o "democracia".
La cuarta ("el sol y su calor") dice Castellani son los daños de la técnica moderna cuya fuente es el sol. Pienso que no, porque se dice que "los hombres fueron abrasados y empezaron a insultar a Dios que tiene poder sobre tales plagas": si están fuera del alcance del hombre, deben de tener que ver con los cambios climáticos de que se habla de continuo en este tiempo.
La quinta ("el trono de la Bestia sumido en tinieblas") es la confusión e impotencia política de los gobernantes, con la precisión de que aquí se refiere al Anticristo.
La sexta ("el secamiento del Eufrates, las ranas que salen de la boca del Dragón, de la bestia y del falso profeta y que son espíritus diabólicos que van donde los reyes de la tierra para congregarlos a la batalla del  gran día del Dios todopoderoso") los interpreta Castellani como las últimas herejías, por su carácter político: liberalismo, comunismo, modernismo. Dice él que son las últimas porque no se puede ir "más allá" en la falsificación del cristianismo. En nuestro penúltimo post, que ahora eliminamos,  nos inclinábamos por pensar que estas tres ranas eran los tres eventos interreligiosos de Asís,  en base a la asociación de los "espíritus inmundos" con la fornicación espiritual o prostitución cúltica que estos eventos implican. Pero el tema no es tan sencillo. No nos parece que haya que relacionarlo con la sexta trompeta. Las siete copas son sucesivas -o mejor, se superponen-, se habla en esta sexta copa de unos "reyes de oriente" y de que la reunión de los "reyes del mundo entero" es en un lugar llamado "Armagedón". Lo cual debe relacionarse con esta otra profecía apocalíptica: "vi entonces a la bestia y a los reyes de la tierra  con sus ejércitos, reunidos para combatir contra el que iba montado en el caballo blanco y contra su ejército" : éste último no es otro que Cristo en su Parusía seguido de los ejércitos del Cielo (Ap 19). 
La séptima es la Parusía.

Como resumen, desearía recomendar este otro texto del P. Castellani, que mucho aprecié, por otras muchas razones.

noviembre 08, 2011

El Preámbulo doctrinal y la vocación de la FSSPX


En anteriores entradas expuse la aspiración mía por la regularización (¿quién no desea, en todos los órdenes de la vida, estar regularizado?). Me felicité  cuando los Redentoristas transalpinos, con argumentos idénticos a los que sostenía respecto del estado de necesidad, llegaron por su lado a un acuerdo con Roma. Me crispé cuando la FSSPX no quiso aceptar aquella simple proposición de sometimiento al Santo Padre (¿no reconoce acaso la FSSPX su autoridad?). Me ilusioné pensando en que, levantadas las excomuniones a los cuatro Obispos de la FSSPX, la regularización vendría acto seguido, por aquello de que "no se permitirán los curas vagos" del Código de Derecho canónico.

De igual forma expresé mi desacuerdo con los conocidos prerequisitos, en concreto la misa tradicional para todos y la solución de los problemas doctrinales (el levantamiento de las excomuniones, si bien nulas, por tratarse de algo efectivo "en el papel" no me mereció objeciones), pero entiéndase bien, no en sí mismo considerados (por eso me alegré con "Summorum Pontificum") sino en cuanto condicionamientos a un acuerdo canónico: si le era permitido a la FSSPX seguir como estaba, el marco canónico debía ser aceptado, porque es potestad del Pontífice en su poder de gobierno. 

Las razones esgrimidas en contra de ello son, por un lado, la imposibilidad de un relacionamiento con Obispos modernistas y,  por otro lado, que lo que siempre se buscó es un bien para la Iglesia toda y no el de un grupo.  No me convencen.  Repito, en una hipótesis de "statu quo", cada cual por su lado, no veía inconvenientes. Y la misa para todos resultó mas problemática que si se hubiese liberado sólo -en una primera instancia- para los institutos tradicionales, sin compromisos en lo que hace al "lex orandi, lex credendi".

Pero mal o bien  fue la propia FSSPX la que llevó el tema al aspecto doctrinal con, en el medio,  un hecho significativo:  el acuerdo de los escindidos de la Fraternidad que formaron el Instituto del Buen Pastor. A pesar del secretismo sobre sus estatutos, se supo que se le permitiría a sus miembros, además de la exclusividad para oficiar la Misa tradicional, la posibilidad de efectuar una "crítica constructiva" a los enunciados del Concilio Vaticano II.

Con esto en mente, lo que según los trascendidos se le estaría pidiendo ahora a la FSSPX parecería, antes que nada, un retroceso. Pero además, de difícil recepción desde el punto de vista de la Fe.

En efecto, la "hermenéutica de la continuidad" no resulta de meridiana aplicación: en el derecho común, se interpreta aquello que no es claro. No descartamos que en  el Concilio Vaticano II  haya proposiciones poco claras o ambiguas, pero otras son claramente heterodoxas. Y lo que es heterodoxo no se interpreta, se rectifica. 

Se podrá arguir que lo escrito, escrito está  y que es imposible borrarlo. Nadie pide que se tenga por no escrito, simplemente que se tenga como teología privada - al fin y al cabo nada propone- y no (descartado el magisterio extraordinario) como magisterio ordinario (entendido como universal y constante) al cual por regla tambien se le debe prestar asentimiento.

El Catecismo de la Iglesia Católica que promulgó Juan Pablo II es inaceptable, y tampoco reviste carácter de Magisterio extraordinario. Así lo demuestra el  "Liber accusationis III" del Abbé Georges de Nantes, el cual detectó al menos once herejías: una extensión abusiva de la infalibilidad de la Iglesia en la persona de su Jefe, de sus Pastores y en la de su pueblo; error sobre la predestinación universal y absoluta de todos los hombres a la gracia , a la remisión de los pecados y a la vida eterna; error de un Hijo de Dios unido a cada hombre para siempre a través de sus misterios, siendo todos salvados infaliblemente; error sobre la inocencia de los judios y la culpabilidad de los cristianos en la Pasión y Muerte de Jesús crucificado; error de un mas allá perdido fuera del espacio y del tiempo, de un Cristo desencarnado y de un reino evanescente; error sobre el Espíritu Santo como animador de un mundo nuevo; error de un pueblo de Dios convocado, conducido por el Espíritu no se sabe adónde o cómo; error del sacerdocio común, antítesis del sacerdocio jerárquico, la teodemocracia contra Cristo Sumo Sacerdote y Rey; apostasía de un culto del Hombre anticristo en el rechazo al Corazón y a la Cruz de Cristo; error de la democracia llamada cristiana, laica, personalista y socialista; el laicismo de Estado, la libertad del hombre a despreciar la Ley divina, signo de apostasía final y del castigo divino.

Así las cosas, y sin que sobrevengan retoques al "Preámbulo doctrinal",  la vocación de la FSSPX  ha de seguir siendo la de alimentar a sus fieles en el desierto (Ap 12, 14).


octubre 14, 2011

"Rodearon el campamento de los santos..." (Ap 20, 9)

Si bien ese pasaje refiere a lo acontecido con la Iglesia desde aproximadamente 1960 en adelante su culminación bien puede estar cerca. Lo demuestran la misma propuesta del Vaticano hacia la FSSPX como sus recientes derivaciones. Y si a eso le sumamos la noticia sobre el "segundo milagro" de Juan Pablo II o la próxima reunión interconfesional de Asís, más otras cosillas un poco más complejas, el cuadro está completo.

La propuesta del Vaticano y una respuesta afirmativa a la misma, la que hace unos años podía haber levantado alguna esperanza, ya no tiene en quien escribe la misma expectación. Por lo que dijimos al principio, los tiempos son cada vez mas cortos. Y esto último no lo decimos como mera especulación, sino con una probabilísima posibilidad.

En principio, el tema de la propuesta vaticana es simple: la aceptación o no de una plataforma doctrinal -sea el Catecismo o su "Compendio", la "hermenéutica de la continuidad" o lo que fuere- seguida del otorgamiento de un marco canónico para la FSSPX. Digo simple porque desde que se reconoce la autoridad de Benedicto XVI, una propuesta que dejara las cosas como están debería ser aceptada, ya que se trata del poder de gobierno que el Papa posee. Si la propuesta contuviera una concesión para la Fé, la cuestión es igualmente simple: aquélla no debe ser aceptada.

El problema está en otro lado, en el mecanismo psicológico que supone que verificado un acuerdo éste conlleva un aflojamiento doctrinal y combativo por el simple hecho de acordar. Este punto si bien ha sido puesto en duda ( ¿se acuerdan del artículo de las "bocas cerradas" del extinto blog del Sacristán ?), tiene a su favor la experiencia vivida por los grupos "Ecclesia Dei". Claro está, de menor fuerza numérica y sin la existencia de Obispos respecto de lo que representa la FSSPX.

El asunto de la (supuesta) carta de Mons. Fellay a Mons. Williamson implica un peligro de eclosión en el seno de la FSSPX para nada deseable y que nos parece propiciada por el maligno.

Desde el Vaticano, el tema de la fomentada canonización de Juan Pablo II sería de gravísimas consecuencias, teniendo en cuenta que las canonizaciones son una definición por la que se manda creer aunque en materia conexa a la Fe (comunión de los santos) y eso encuadra en la definición del Concilio Vaticano I sobre las definiciones ex cathedra ( en esto discrepamos con la postura de que se requiere la "intención" de usar el don de la infalibilidad). En este caso, los escenarios que nos planteamos van desde que el Espíritu Santo impida dicha definición de manera trágica hasta que debamos estudiar el tema con mayor profundidad, pero es adelantarnos a los acontecimientos.

En cuanto a la reunión de Asís existen versiones diferentes de si el Papa se hará presente o no y de si implicará un rezo "común" o no. En cualquier caso, su misma convocatoria y el motivo de la misma (recordar Asís I y II) es de por sí un escándalo.

Por lo dicho: ¡Maranatha!

junio 20, 2011

El rumor y una puesta a punto


El rumor ya lo conocen. Puede ser algo aventurado comentar un rumor pero lo hacemos, como siempre, para generar un cierto estado de opinión.

Para un encuadre del tema sugerimos la lectura del gratamente reaparecido Rafael Castela en Casa de Sarto. Y en cuanto al fondo del asunto no podemos menos que recomendar la excelente nota de Teresa Moreno en Tradiçao Católica.

Ahora nuestra puesta a punto:

La FSSPX es sin duda una obra querida por Dios y diría que tiene un alcance escatológico (el que quiera entender que entienda). No es pues un grupo más entre otros.

Que sea una obra santa no es incompatible con el error o el pecado ya sea en sus miembros o como institución (las promesas de indefectiblidad son para la Iglesia jerárquica).

El estado de necesidad de Monseñor Lefebvre en 1988 consistió en la necesidad de preservar la Tradición (doctrinal y litúrgica), la que se veía comprometida si no se le nombraba un sucesor Obispo con facultades para ordenar sacerdotes con espíritu tradicional con alcance mundial.

En 2011 la situación es la misma excepto en cuanto: los sucesores que mencionamos antes ya están nombrados -válidamente ordenados- sólo que no ejercen regularmente su ministerio y se estaría preparando un ofrecimiento concreto de marco canónico (en 1988 la promesa de un Obispo tradicional era todo menos segura).

Nadie, con excepción de los interlocutores, puede conocer si el ofrecimiento de marco canónico presenta alguna concesión para la Fe como podría ser la aceptación de las novedades del Concilio Vaticano II o el forzar a los sacerdotes tradicionales el oficiar la nueva misa (aun siendo ésta válida y legítima en su aspecto de licitud no en el de la conveniencia) por cuanto es evidente que su formación y conciencia está dirigida a la Misa tradicional.

Si y sólo si la propuesta no contuviera ninguna concesión para la Fe, entonces el marco canónico debe ser aceptado por provenir de la autoridad legítima, so pena de ilicitud (no hablaremos de cisma sino de usurpación de cargos eclesiásticos, etc), por cuanto en esa hipótesis los Obispos de la FSSPX no estarían amparados en un estado de necesidad.

Siguiendo con la hipótesis, si ninguna sanción fuese declarada en su contra (ahora ya no podríamos hablar de nulidad de la misma como en 1988), entonces se podría seguir invocando la jurisdicción de suplencia (cánon 1335).

Pero volviendo al principio, la FSSPX no es un grupo más, así que es muy probable que ello no suceda o que las cosas queden como están (sin ofrecimiento reconocible de marco canónico). Lo que sí es probable es que si se acepta un marco canónico algunos descontentos quiten la pequeña nave para irse a otras de dudosa calificación.

Porque escrito está que cuando ocurra la "dispersión del pueblo santo" (Dn 12, 1-13) llegará el fin.

junio 18, 2011

El P. José María Iraburu y sus conceptos sobre los filo-lefebvrianos y otros lefebvrianos

Llego tarde para comentar este panfleto que nos lega el P. José María Iraburu en un lugar de la web de cuyo nombre no quiero acordarme.

Sólo comentar lo siguiente: su argumentación -la que parece a todas luces extempóranea- se centra en que por encima de consideraciones subjetivas, se imponía a Mons. Lefebvre el respeto de la voluntad del Papa (en ese entonces Juan Pablo II) mediante el cumplimiento de las normas canónicas. El no hacerlo implicaba, según el autor del panfleto, incurrir en "cisma".

Lo que olvida el P. Iraburu es que es el mismo Código de Derecho Canónico (y no hablamos del de 1917 sino del vigente a la fecha de las consagraciones episcopales) es el que prevé por un lado el delito de cisma separado del de la usurpación de cargos eclesiásticos (amén de que en todo delito debe de haber un dolo del resultado que en este caso descontamos haya sido el de separarse de la obediencia al Papa), y por otro, las causales de justificación que hacen que la pena no deba aplicarse o deba aplicarse una menor. Se suele hablar mucho (y con mucha imprecisión) del "estado de necesidad" pero se olvida que en las circunstancias que comentamos también se reunían el miedo grave (el abondono de los fieles de la Tradición: recuerden la preocupación de Cristo por la "multitud": Mc 6, 30) y el evitar un grave perjuicio (la disolución de todas las obras de la Tradición elogiadas por el visitador del Papa): cánon 1324.5.

En cuanto al "estado de necesidad" se sostiene la tesis de la necesidad de los sacramentos por el fiel tradicional. Esto es de capital importancia: si había derecho -sea por la Bula de S. Pio V, sea por no haberse nunca técnicamente abrogado la misa tradicional (recientemente reconocido por el Vaticano en "Summorum Pontificum")- a recibir la Misa en dicho rito, había concomitantemente deber de procurárselo a aquellos fieles que lo requerían. Ahora bien, esa necesidad queda satisfecha a través de sacerdotes fieles a la Tradición (así fue desde 1976) y los sacerdotes fieles a la Tradición nos vienen de los Obispos. Hasta el día de hoy, la Iglesia carece de un Obispo fiel a la Tradición que cumpla esa función en forma regular (y cuando decimos "fiel a la Tradición" decimos fiel al rito antiguo y a la doctrina de siempre).

Es por eso que concluí hace tiempo ya que el estado de necesidad cesa cuando sea reconocido uno o más Obispos de la Tradición. Luego, eso no quiere decir que la crisis en la Iglesia vaya a finalizar, al contrario podría agravarse, porque -y ahí le damos la razón parcialmente al malhadado autor- la finalidad de la FSSPX es primeramente salvar a la Tradición y con ello ayudar a salvar a la Iglesia. Salvada la Tradición, los Sacramentos en su forma tradicional podrían ser administrados regularmente y no, como ocurre actualmente, en base al pedido de los fieles por una "causa justa": cánon 1335.

Y, puesto que se pretende juzgar la conciencia de Monseñor Lefebvre o su mala información, cabe resaltar que aunque hubiese juzgado mal en su apreciación de la existencia de las causas de justificación antes aludidas, la creencia subjetiva de encontrarse frente a ellas implicaba que la pena a recaer debía ser menor a la impuesta: cánon 1323. 7 y cánon 1323. 4 o 5.

Finalmente, recordarle al P. Iraburu que en las sanciones de excomunión no está comprometida la infalibilidad (sí, ya pasó con San Atanasio...) y sugerirle, no sea que se le seque el cerebro, la lectura en las Escrituras del pasaje de la curación de Jesús "violando el Sabbath" (
Lucas 14, 1-6) y de paso, los pasajes escatológicos.

junio 12, 2011