viernes, 27 de noviembre de 2015

Contundente respuesta a los Dominicos de Avrillé

Nuevo panfleto de los cismáticos "Dominicos de Avrillé" y nueva necesidad de impugnarlo por nuestra parte.

Brevitatis causae, los Dominicos de Avrillé, sostienen que la FSSPX no debe recepcionar las indulgencias previstas para el "Año de la Misericordia" por enmarcarse el mismo en el quincuagésimo aniversario del Concilio Vaticano II y la "respuesta" que ellos formulan es la que sigue:

"La moralidad de un acto humano se juzga no sólo por su objeto, sino también por lascircunstancias (I-II, q. 18, a. 3). Por ejemplo, llevar un mango de picota de camino al campo de cultivo tiene una moralidad diferente a llevar el mismo mango de picota de camino a una manifestación.

El Año Jubilar de la misericordia se ve manchado por las siguientes circunstancias: la fecha del jubileo fue elegida para celebrar los 50 años del concilio, y la "misericordia" promovida por Francisco es una misericordia laxista que impulsa al pecado.

La participación en el Jubileo no puede ignorar estas circunstancias, por lo que esa participación es inmoral" (según traducción del blog cismático "Syllabus")

Pues bien, lo que parece tan simple no lo es. Citamos de los "Documentos" de Antonio Pardo (Universidad de Navarra): 

El hombre, si ha sido adecuadamente previsor antes de actuar, conoce los efectos que van a derivarse de su acción, y sabe, si es el caso, que algunos son poco o nada deseables: son los efectos tolerados. Los efectos tolerados son voluntarios. No son intentados, pues no son el fin pretendido. Pero no puede decirse coherentemente que son involuntarios. Si fueran absolutamente involuntarios serían, sin más, no imputables al sujeto (66).

Por tanto, el hombre, al actuar, los quiere, los hace objeto de la intencionalidad de su voluntad. No es que los pretenda (no son su intención). Pero los quiere. Si no los quisiera de ninguna manera, no emprendería la acción que realiza. Tolerar es precisamente eso: aceptar con el acto de la voluntad unos efectos de la acción, que no son lo directamente pretendido (67).

Una voluntad buena se manifiesta en que desarrolla actos buenos, en que pone su intencionalidad en objetos adecuados al hombre. Por tanto, unos efectos malos serán tolerables siempre que el conjunto de cosas que quiere la voluntad del que actúa se pueda valorar como bueno (siempre dentro de la hipótesis de que la intención y la decisión son buenas, como hemos visto).

Dentro de este contexto, para ver si la voluntad es globalmente buena, tenemos que comparar si quiere, en conjunto, más bienes que males. Esto sólo se puede hacer comparando el acto de la voluntad que mueve toda la acción (la intención) con la aceptación voluntaria de los efectos tolerados. Lo que se tolera deberá ser, por tanto, proporcionado a lo que se intenta (73). Si, para conseguir un bien se tolera un mal mayor que ese bien, esa voluntad será mala. Si para conseguir un bien se tolera un mal menor, esa voluntad será buena.

Los estudios de moral clásicos, siguiendo la sistematización de Santo Tomás en la Summa Theologiae(83), analizan en el acto moral el objeto, el fin y las circunstancias. Para examinar la licitud de acciones que tienen efectos buenos y efectos malos, estos tres elementos no bastan, y tienen que recurrir a la elaboración de unas reglas que permitan determinar si una acción con efectos buenos y malos puede realizarse sin culpa moral. Estas reglas constituyen el llamado principio de la acción de doble efecto.

En sede de Bioética  -por tanto, insospechado de querer favorecer a los "acuerdistas"- se menciona el principio de doble efecto, según el cual es posible realizar un acto que produzca o pueda producir un resultado malo, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

1. Que la acción en sí misma, prescindiendo de sus efectos, sea buena o al menos indiferente.
2. Que el fin del agente sea obtener el efecto bueno y se limite a permitir el malo.
3. Que el efecto primero e inmediato que se sigue sea el bueno.
4. Que exista una causa proporcionalmente grave para actuar

Queda claro que:  
1) la participación en un Jubileo extraordinario es en sí misma buena; 
2) el fin del agente es ganar la indulgencia plenaria, tolerando que su recepción sea en ocasión del "Año de la misericordia" que conmemora el Concilio Vaticano II; 
3) el efecto primario e inmediato de la acción es la remisión de la pena debida por el pecado, por tanto bueno y 
4) existe causa grave en la medida que refiere al fin último del hombre, la salvación, la cual es facilitada por las características del Jubileo extraordinario, como ser la absolución de censuras reservadas por parte de cualquier Sacerdote y la obtención de mayores frutos y gracias por el rezo  de todos los fieles que participen de él, todo lo cual lo diferencia de una indulgencia plenaria común. Asimismo, se debe tener presente que será en definitiva el agente quien juzgará la proporcionalidad, teniendo en cuenta las consecuencias  previstas, la mayor o menor conexión causal entre el acto y las malas consecuencias (las consecuencias son dudosas, puesto que  los modernistas no necesitan de la participación de la FSSPX en el Jubileo para estar seguros de las bondades del Concilio y que la posición de la FSSPX en contra de dicho Concilio es bien conocida; la conexión causal parece casi nula puesto que el acto transcurre normalmente en un ámbito reservado y anónimo).

miércoles, 25 de noviembre de 2015

En el monte Horeb



[actualización a 10/5/2020: lo expresado en esta entrada suponía la prédica de los Testigos en la segunda mitad de la "septuagésima semana", pero es de notar que lo hacen en calidad de "Testigos resucitados", expresión fiel de los Testigos que son la Iglesia 'pre conciliar' que va de 1917 a 1958 en lo que implicaron como defensores de la Doctrina o de la Ley o del espíritu monacal tradicional]


Ya en la primera época del blog habíamos efectuado la aplicación exegética de dotar a la Fraternidad fundada por Monseñor Lefebvre -en sus ramas sacerdotal y monástica- de las características de Elías y Enoc. Lo mantenemos y vamos a desarrollar en esta entrada. La predicación de estos dos Testigos, Olivos o Candeleros (Ap 11, 11) tiene como espacio temporal el mismo que va desde la Supresión del Sacrificio hasta un tiempo cuyo término está señalado por los "tres años y medio" (Dn 7, 25), "dos mil trescientas tardes y mañanas" (Dn 7, 14), "cuarenta y dos meses" (Ap 13, 5) y por los "mil doscientos sesenta días" (Ap 11, 3). Siendo dicha época el tiempo en que vivimos no se ha presentado, que hayamos advertido, ninguna persona que reúna los atributos de aquellos profetas veterotestamentarios y a los que podamos adjudicar ser los Profetas redivivos o con su "espíritu" (Lc 1, 17). No cabe otra posiblidad de que se trate entonces de una "persona moral" -al igual, por otra parte, que los agentes del mal llamados "Bestia del mar" y "Bestia de la tierra"- y esa no puede ser otra que la Fraternidad o Hermandad Sacerdotal San Pío X. No obstante, cabe la posibilidad que el testimonio se refiera a ella y a su feligresía, quienes entonces, a imagen de los "tipos" del Antiguo testamento, esto es, Josué y Zorobabel (Esdras 3, 8-13), vendrían a ser el Sacerdocio y el poder secular. 

La adjudicación que presentamos ya había sido propuesta por algún autor de la antiguedad, pero aplicada a los Jesuitas: "...estos nuevos misioneros deben estar representados por los dos testigos, y ellos son la ilustre Compañía de Jesús...y por sus Jefes, San Ignacio y San Javier, los cuales rinden un doble testimonio, uno en en el Templo (la Iglesia) y el otro entre los pueblos infieles (el atrio fuera del Templo)" ("Héptameron , ou les sept premiers jours de la creation du monde et les sept ages de l' Eglise chrétienne" por Cyrille Lefebvre, 1825, p. 244).

Al igual que su "tipo", la FSSPX "restableció el altar que estaba arruinado" y se opuso a los profetas de Baal modernos o modernistas (1 Reyes, 18)  y las comunidades monásticas amigas, constituyen una muestra de penitencia para las gentes (Ecl 44, 16). Resta aclarar el punto relativo a la otra misión de Elías, la de "restaurarlo todo" o la de "volver el corazón de los padres hacia los hijos y el corazón de los hijos hacia los padres" (Mal 4, 2-6) y la de "restaurar las tribus de Jacob" (Ecl 48, 10). La restauración es la misma que la de San Pío X, el "restaurarlo todo en Cristo" de quien Elías es precursor o,  al igual que San Juan Bautista (Elías "en espíritu") el de "allanar los caminos del Señor" (preparar su Venida). El "volver el corazón..." que siempre se entendió en relación con la conversión futura de los hebreos, puede entenderse de la Tradición respecto de las generación última en la Iglesia actual de Laodicea, siendo que los "tradicionalistas" representan a la Iglesia de Filadelfia (la que va de Pío VII a Pío XII). Lo de la "restauración de las tribus de Jacob" admite dos acepciones: en general se entiende que refiere a la descendencia carnal de Jacob, pero otros entienden que alude al pueblo de Dios en su plenitud. En ésta última acepción, la misión de la FSSPX se vé aclarada de la siguiente forma: el Testimonio dado en medio de la apostasía finalmente es entendido por la Iglesia cuando se produce la reivindicación de la Tradición ("resurrección del Testigo") concomitante o significada por un "gran terremoto" y por la expresión "y los restantes dieron gloria al Dios del Cielo" (Ap 11, 13). En la primera acepción, la explicación deviene más complicada, si bien algunos sostienen que las "tribus de Jacob" (al menos las que evocarían a las "diez tribus perdidas") se encontrarían dispersas y mezcladas entre todas las naciones, siendo en tal caso posible que el mensaje de la Tradición las alcanzara.

Así las cosas, no hay lugar escriturístico para una "defección" de los Testigos elegidos por Dios. A éstos, la "Bestia que sube del abismo" les "hace la guerra, los vence y los mata" pero luego son "resucitados a la vista de sus enemigos" (Ap 11, 12-13). Si hubieran previamente fallado en su misión no sería necesario ensalzarlos luego. Tampoco hay lugar para considerar una suerte de subrogación en el Testigo, puesto que se alude a un único testimonio en un mismo lapso de tiempo el cual no ha finalizado aún.